El objetivo principal de Ramón y Cajal Abogados es la excelencia en el asesoramiento jurídico a nuestros clientes sobre la base de los principios éticos de la profesión como son, entre otros, la integridad, independencia, lealtad, dignidad y respeto, y secreto profesional.
En Ramón y Cajal Abogados estamos comprometidos con la defensa de los derechos humanos, la aplicación de una legislación laboral digna, el respeto del medioambiente y el rechazo a la corrupción en cualquiera de sus formas.
Contamos con un Sistema Normativo Interno que recoge los principios y valores sobre los que se sustenta nuestro objetivo principal, así como las normas exigibles y aplicables a quienes forman parte de nuestro Despacho.
La función inherente al ejercicio de la Abogacía dedicada a la defensa de los derechos e intereses de los ciudadanos exige que la misma se realice sobre el respeto de los principios deontológicos fundamentales de la integridad, la lealtad, la independencia, dignidad y respeto y el secreto profesional. Todos ellos son valores y cualidades que definen nuestra profesión y respecto de los que el Despacho manifiesta su más profundo compromiso de cumplimiento y observancia en el desarrollo de las actividades que le son propias.
Conscientes de la responsabilidad que recae sobre todos aquellos que, desde nuestra vocación, tenemos encomendada la tarea de defender los derechos y libertades, individuales y colectivos, reconocidos por nuestro ordenamiento jurídico, hemos elaborado este Código de Conducta, en el que se articulan los principios y normas básicas que regulan el comportamiento de todos aquellos que formamos parte de esta Firma.
Pincha aquí para conocer nuestro Código de Conducta.
En Ramón y Cajal Abogados apostamos por la calidad de nuestros servicios y valoramos la importancia de establecer relaciones comerciales sólidas basadas en la confianza, el beneficio mutuo y el respeto a la libre competencia. Por ello, reconocemos a nuestros proveedores como piezas fundamentales para alcanzar nuestros valores y principios, y consideramos su contribución como un componente esencial en la consecución de nuestros objetivos éticos.
Este Código Ético de Proveedores describe los estándares mínimos de comportamiento que esperamos que nuestros proveedores cumplan en el contexto de su actividad de prestación de bienes o servicios para Ramón y Cajal Abogados.
Pincha aquí para conocer nuestro Código Ético de Proveedores.
En cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción (“Ley 2/2023”), el Despacho cuenta con un Sistema Interno de Información (“SII”) a para uso de sus profesionales (integrantes de RYC), otras personas vinculadas (exintegrantes de RYC, candidatos, becarios) y terceros externos (proveedores) que permite alertar de prácticas irregulares que se produzcan en el ejercicio de nuestra actividad profesional.
Dicho SII, que se erige como un elemento esencial de nuestro Modelo de Prevención y Gestión de Riesgos Penales, ofrece las garantías apropiadas para que las comunicaciones se realicen respetando los derechos de las partes, especialmente en lo que se refiere a la confidencialidad de la identidad del informante y a la protección frente a cualquier tipo de represalia.
RYC pone a disposición de los usuarios del SII una herramienta informática a través de la cual es posible informar sobre aquellas conductas contrarias a la Ley o a nuestro Código Ético de las que se tenga conocimiento y que se hayan producido en el contexto laboral o profesional del Despacho.
Puede acceder a nuestro Canal de Denuncias pinchando aquí.
RYC ha desarrollado un procedimiento que delimita las conductas susceptibles de ser informadas a través del SII y que son, básicamente: (i) infracciones penales; (ii) infracciones administrativas graves o muy graves; (iii) infracciones del Derecho de la Unión Europea; e, (iv) infracciones o incumplimientos de la normativa interna.
Asimismo, se describen los principios generales que rigen el funcionamiento del SII, se establecen de manera expresa los derechos y deberes que atañen a los informantes y se establece el procedimiento de gestión de las comunicaciones que se reciban.
Puede acceder a nuestro Procedimiento regulador del Sistema Interno de Información pinchando aquí.
De conformidad con la mencionada Ley 2/2023, el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (“RGPD”) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (“LOPDGDD”), RYC ha desarrollado una política de privacidad específica con el fin de informar a los interesados sobre el tratamiento de datos de carácter personal derivado de la gestión del SII y sobre los derechos que a éstos asisten en materia de protección de datos.
Puede acceder a nuestra Política de Privacidad del Sistema Interno de Información pinchando aquí.
Nuestra Política de Seguridad de la Información tiene como objetivo garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y privacidad de la información, así como el cumplimiento de las diferentes normas y requisitos aplicables vigentes en cada momento, manteniendo un equilibrio entre los niveles de riesgo y el uso eficiente de los recursos mediante criterios de proporcionalidad.
En mayo de 2022, obtuvimos la certificación ISO 27001, que acredita la implementación de nuestro Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI) en nuestras oficinas para todos los procesos de negocio y de soporte asociados al asesoramiento jurídico a clientes.