A continuación se informa de las novedades más relevantes publicadas durante el mes de febrero por las autoridades internacionales, europeas y nacionales en relación con el sector financiero, incluido el mercado de valores, blanqueo de capitales y el régimen sancionador.
a) Mercado de valores
1. ESAs. Recomendaciones para garantizar que el marco de regulación y supervisión de la UE siga siendo adecuado para la era digital (Vid.) [1]
EBA, EIOPA y ESMA (“ESAs”), publicaron con fecha 7 de febrero un Informe conjunto como respuesta a la convocatoria de asesoramiento sobre finanzas digitales de la Comisión Europea de febrero de 2021. Entre las recomendaciones realizadas destacan:
(i) Un enfoque global de la regulación y supervisión de la cadena de valor de los servicios financieros;
(ii) una mayor protección de los consumidores en el contexto digital, mediante la mejora de la información, los mecanismos de tramitación de las reclamaciones, las medidas destinadas a evitar la venta abusiva de productos vinculados o combinados y la mejora de los conocimientos digitales y financieros;
(iii) una mayor homogeneidad en la clasificación de los servicios transfronterizos;
(iv) una mayor homogeneidad en el tratamiento de los riesgos de blanqueo de capitales/financiación del terrorismo en un contexto digital;
(v) una regulación y supervisión eficaces de los grupos de actividad mixta;
(vi) el refuerzo de los recursos de supervisión y de la cooperación entre las autoridades financieras y otras autoridades pertinentes; y
(vii) una supervisión activa del uso de los medios sociales en los servicios financieros.
2. ESMA. Hoja de Ruta de las Finanzas Sostenibles 2022-2024 (Vid.) [2]
El pasado 10 de febrero ESMA publicó su Hoja de Ruta de las Finanzas Sostenibles 2022-2024 (la “Hoja de Ruta”). En dicha Hoja de Ruta se destacan las acciones que se llevarán a cabo en materia de finanzas sostenibles en los próximos tres años. Para ello el supervisor ha determinado las siguientes prioridades:
(i) Abordar el greenwashing (blanqueo ecológico) y promover la transparencia;
(ii) desarrollar las capacidades de las autoridades nacionales competentes y de ESMA en el ámbito de las finanzas sostenibles; y
(iii) la supervisión, evaluación y análisis de los mercados y riesgos medioambientales, sociales y de gobernanza (“ESG”).
Asimismo, en el Anexo de la Hoja de Ruta se recogen las principales acciones que ESMA llevará a cabo en el periodo señalado, centrándose fundamentalmente en los siguientes sectores: (i) gestión de activos; (ii) servicios de inversión; (iii) información y gobernanza de emisores; (iv) índices de referencia; (v) calificaciones crediticias y ESG; (vi) negociación y post negociación; e (vii) innovación financiera.
3. CNMV. Informe anual de supervisión de las cuentas anuales de las empresas emisoras (Vid.) [3]
Con fecha 28 de febrero la CNMV publicó el Informe anual de supervisión de las cuentas anuales de las empresas emisoras (el “Informe”) en el que se analiza el trabajo de supervisión realizado por la CNMV con base en las cuentas anuales del ejercicio 2020 remitidas por los emisores de valores, de igual forma que destaca ciertas áreas prioritarias objeto de supervisión establecidas por la CNMV. En este sentido, las principales conclusiones son:
(i) Respecto de la revisión sustantiva sobre las cuentas anuales auditadas, se dirigieron requerimientos a 3 entidades por cuestiones formales y a 26 entidades solicitando la aportación de información adicional sobre cuestiones relativas a criterios contables de reconocimiento o valoración y por ampliación de los desgloses de información suministrados en el informe financiero anual.
(ii) Respecto del análisis del grado de cumplimiento de las Directrices sobre las medidas alternativas del rendimiento (“APM”), en el 87% de los casos analizados se detectaron algunas incidencias. Asimismo, el 70% de dichas entidades fueron requeridas en este sentido, por ello se concluye que los APM es un área a mejorar.
(iii) Respecto del Formato Electrónico Único Europeo (“ESEF”), el 47% de los informes financieros anuales se presentaron en ese formato aun siendo discrecional. Igualmente, se espera una mejora en la calidad del mismo en el futuro.
En cuanto a las prioridades de supervisión de ESMA, respecto del plan de supervisión para las cuentas de 2021, destacan: (i) los impactos derivados del COVID-19; (ii) las cuestiones relativas al clima; y (iii) los desgloses de información sobre la pérdida esperada para entidades de crédito. Asimismo, el supervisor europeo se enfocará en el seguimiento de las AMP y la elaboración de informes, de conformidad con el ESEF, ya mencionados.
En este sentido, CNMV añade, como prioridades adicionales, la conveniencia de un análisis más detallado de la coherencia en cuestiones medioambientales, entre la información financiera y no financiera, la contabilización del valor de los ajustes por desviaciones en el precio de mercado y el deterioro de los derechos de uso.
4. CNMV. Informe anual de supervisión de la información no financiera de las empresas emisoras (Vid.) [4]
Con fecha 28 de febrero CNMV publicó el “Informe sobre la supervisión por la CNMV de los EINF y principales áreas de revisión de las cuentas del ejercicio 2020 (el “Informe”). El Informe se enfoca en el Estado de la Información No Financiera (“EINF”) del ejercicio 2020 y destaca que, por primera vez, ningún emisor ha tenido advertencias en el informe de verificación. No obstante, gran parte de la verificación se limita a la exigida por la Ley 11/2018, por lo que, en este sentido, se recomienda que la verificación se extienda a la integridad del contenido del EINF.
En cuanto a la revisión formal, resaltar que se realizaron recomendaciones a emisores y entidades por la localización del EINF; los marcos utilizados; y las tablas de contenidos. Respecto de la revisión sustantiva, se realizaron requerimientos y recomendaciones a entidades y emisores de conformidad con los siguientes aspectos: (i) consideración de la importancia de la materialidad tanto social como medioambiental; (ii) valoración de cómo el modelo de negocio impacta y es impactado por cuestiones no financieras; (iii) metodología usada para el cálculo de la brecha salarial; (iv) impacto COVID-19; (v) descripción de los principales riegos medioambientales; y (vi) exclusiones del perímetro consolidado.
En cuanto al plan de supervisión de los EINF de 2021, se prestará una mayor atención al perímetro de información y a la cadena de valor de la entidad, así como a la información relativa a emisiones de gases de efecto invernadero (“GEI”), y se mantendrá la revisión de los desgloses relativos al impacto del COVID-19.
5. CNMV. Plan de Actividades de la CNMV para 2022 (Vid.) [5]
El pasado 23 de febrero de 2022, CNMV publicó su Plan de Actividades para este ejercicio (el “Plan de Actividades”) confirmando las líneas estratégicas que ya se fijaron en 2021 con algunas actualizaciones. En este sentido, destaca el seguimiento de las buenas prácticas de comercialización con una especial atención en el fraude financiero. En cuanto al mercado de capitales, se prevé facilitar la transición hacia una economía más sostenible e inclusiva. Asimismo, se intensificarán los esfuerzos para disponer de un marco regulatorio común, que permita a empresas e inversores tomar decisiones fundamentadas, evitando así el riesgo de greenwashing. En cuanto a riesgos tecnológicos del mercado de valores, además de elevar los estándares en materia de seguridad, se hará mayor énfasis en la publicidad de criptoactivos.
Entre los objetivos concretos previstos por la CNMV para el año 2022 cabe destacar las siguientes esferas de actividad:
(i) Mejora del funcionamiento de CNMV: Formación del personal en materias como innovación, finanzas sostenibles y riesgos, así como la incorporación de analistas de datos. Asimismo, se prevé desarrollar un nuevo estándar de guías técnicas con la intención de homogenizar todas ellas, mejorando así la seguridad y claridad jurídica.
(ii) Mercados: Supervisión del cumplimiento de las directrices de ESMA sobre las obligaciones de suministrar datos de mercado y adaptación al nuevo régimen de mercados primarios en relación con la admisión a negociación de valores de renta fija.
(iii) Intermediarios financieros: Entre los principales objetivos destacan la modificación de la Circular sobre el documento con los datos fundamentales para el inversor y el folleto de las instituciones de inversión colectiva. Asimismo, contempla la elaboración de procedimientos para la adaptación de las SICAV a su nuevo régimen fiscal. De igual forma, se establecen nuevas medidas de intervención en la operativa con contratos financieros por diferencias, el seguimiento de la implementación de la normativa ESG y la supervisión sistematizada con el objeto de examinar el cumplimiento los requisitos de MiFID II sobre negociación algorítmica. Igualmente, se promoverá la firma del Plan de Acción contra el Fraude Financiero (“PAFF”).
6. CNMV. Informe sobre las características de las IIC españolas sostenibles en 2020 (Vid.) [6]
El pasado 17 de febrero de 2022, CNMV publicó el documento de trabajo “Características de las IIC españolas sostenibles en 2020” (el “Documento”) constituyendo un primer ejercicio para conocer con mayor profundidad las características de las IIC sostenibles españolas registradas a finales de 2020 en CNMV, es decir, los datos previos a la entrada en vigor del Reglamento europeo de Divulgación. Se analizan 59 instituciones (fondos de inversión y SICAV) con un patrimonio aproximado de 9.500 millones de euros, que empleaban la denominación inversión socialmente responsable (“ISR”) de acuerdo con la Circular sobre la aplicación de criterios medioambientales, sociales y de gobierno corporativo (ASG) en la política de inversión de las Instituciones de Inversión Colectiva (IIC) (“Circular ISR”).
En el Documento se muestra que a finales de 2020 la rentabilidad media anual de las IIC sostenibles era superior a la del conjunto de fondos de inversión y SICAV registrados en la CNMV. En el caso del ratio de gastos soportados, éste fue superior para las IIC con objetivos ESG que para el resto (1,22 % frente a 1,05 %). Asimismo, se destaca que el 78% del patrimonio de estas instituciones está invertido en diversos emisores que muestran una evaluación relativa a ESG excelente o buena, así como un grado de transparencia de datos ESG reportados alto o por encima de la media.
b) Blanqueo de capitales
1. DOUE. Reglamento Delegado (UE) 2022/229 de la Comisión de 7 de enero de 2022 por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2016/1675, por el que se completa la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo relativo a la inclusión de Burkina Faso, Filipinas, Haití, las Islas Caimán, Jordania, Mali, Marruecos, Senegal y Sudán del Sur en el cuadro que figura en el punto I del anexo y a la supresión de dicho cuadro de las Bahamas, Botsuana, Ghana, Irak y Mauricio (Vid.) [7]
El pasado 21 de febrero se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea (“DOUE”),el Reglamento Delegado (UE) 2022/229 de la Comisión de 7 de enero de 2022 por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2016/1675, por el que se completa la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo relativo a la inclusión de Burkina Faso, Filipinas, Haití, las Islas Caimán, Jordania, Mali, Marruecos, Senegal y Sudán del Sur en el cuadro que figura en el punto I del anexo y a la supresión de dicho cuadro de las Bahamas, Botsuana, Ghana, Irak y Mauricio (el “Reglamento”).
Se actualiza así listado de los países que presentan deficiencias estratégicas en la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. En este sentido, conforme a lo recogido en el Anexo I del Reglamento, se eliminan del listado los países: (i) Bahamas, (ii) Botsuana, (iii) Ghana, (iv) Irak y (v) Mauricio. Asimismo, se añaden al listado: (i)Burkina Faso, (ii) Filipinas, (iii) Islas Caimán, (iv) Haití, (v) Jordania, (vi) Mali, (vii) Marruecos, (viii) Senegal, y (ix) Sudán del Sur.
c) Régimen sancionador
Resolución de 25 de enero de 2022, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores
Se declara firme en vía administrativa la sanción impuesta a una persona física por la comisión de una infracción muy grave del artículo 282.5 de la Ley de Mercado de Valores, texto refundido aprobado por el Real Decreto 4/2015, de 23 de octubre, por la realización de una práctica de manipulación de mercado sobre las acciones de una SOCIMI. Se impone sanción consistente en una multa por un importe total de 15.000 euros.